Proponen crear un Estatuto Laboral para el personal policial y penitenciario permitiendo su sindicalización

Se establecen derechos, obligaciones y prohibiciones para el personal comprendido en el escalafón general.

09.03.2026 | 10:27
Provinciales / Por Roberto Olivera / Fuente: La Noticia On Line

El diputado Fabián Palo Oliver (FAS) retomó una iniciativa legislativa oportunamente ingresada por la diputada (mandato cumplido) Matilde Bruera, por la cual se crea un estatuto laboral destinado a regular la actividad de personal policial y penitenciario de la provincia de Santa Fe contenido en el escalafón general.

Bienestar policial

En cuanto a los motivos por los cuales se decidió insistir con esta iniciativa legislativa, Palo Oliver sostuvo que “tenemos que comenzar a concebir a las personas que integran estas fuerzas como verdaderos sujetos de derecho porque, por un lado el Estado les exige la adecuación a los principios y garantías constitucionales y el respeto y la protección de los derechos humanos de la provincia y, por el otro, desconoce derechos y garantías constitucionales básicas y comunes a los miembros de las fuerzas de seguridad”.

En este mismo sentido, agregó: “Este proyecto pretende reconocer esos derechos, aunque en el marco de un servicio esencial como es la seguridad y el trabajo de policías y agentes penitenciarios.

Por ello, al mismo tiempo que se apunta a un mayor bienestar policial, reconociendo el derecho a tener representantes que negocien colectivamente, promoviendo políticas de prevención en salud y de mejores condiciones de trabajo u observando la problemática de la violencia de género, también se restringe el derecho a huelga, imponiendo sanciones en su caso”. 

La normativa y otros escalafones

La iniciativa apunta en primer lugar a los integrantes del escalafón general. Por su parte, “los trabajadores y las trabajadoras policiales de los escalafones profesional, técnico y servicios o, en el caso del servicio penitenciario, en los escalafones administrativo, profesional y auxiliar, se encuentran incluidos, en cuanto a los derechos, deberes y garantías laborales respecta, en las disposiciones normativas establecidas por el “Estatuto General del Personal de la Administración Pública”.

A pesar de ello, a estos últimos sí le serán aplicables los títulos IV (Defensoría de la Policía), V (Prevención de la violencia laboral y de género) y VI (Comité de salud y seguridad en el trabajo), en la medida en que lo establezca la reglamentación.

 

DERECHO A LA SINDICALIZACIÓN

Luego de repasar los derechos, obligaciones y prohibiciones contenidas en el articulado del título II del proyecto, la iniciativa otorga el derecho de agremiación para el personal alcanzado por la normativa.

En este sentido, se reconoce “el derecho de libertad sindical conforme a esta normativa y a su reglamentación, la que en modo alguno puede alterarlo, limitarlo o reducirlo”.

Asociaciones sindicales

Se prevé la creación de una asociación sindical única para el personal policial y otra, también única, para quienes integran el servicio penitenciario de la provincia de Santa Fe.

Entre los objetivos que se le reconocen a dichas asociaciones, podemos mencionar: solicitar mejoras en las remuneraciones, duración y modalidades de la jornada laboral; requerir adecuados elementos de trabajo y equipamiento; formación y capacitación constantes, correctas prestaciones del sistema de seguridad social y cualquier otra inquietud propia del servicio policial o penitenciario.

Prohibiciones

Luego de establecer los requisitos para integrar los órganos directivos de los sindicatos y de disponer que se debe garantizar la democracia interna en los mismos, se prohíbe expresamente recibir fondos de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, salvo el caso de la provincia luego de convenciones o por disposición de alguna norma.

Bajo el título “prohibiciones esenciales”, se veda a las asociaciones sindicales y a sus afiliados la posibilidad, bajo apercibimiento de ser motivo de cesantía o exoneración, adoptar medidas de acción directa que impliquen:

  • Tomar lugares de trabajo, dentro o fuera del horario laboral
  • Negarse a cumplir funciones dejando de prestar o afectando la prestación del servicio policial o penitenciario, de modo total o parcial.
  • Cumplir sus funciones “a reglamento” cuando importe la paralización o interrupción total o parcial de la prestación del servicio esencial de seguridad.
  • Movilizarse, manifestar o peticionar en horario laboral, o con uniforme reglamentario o portando armamento reglamentario o propio.

Negociaciones colectivas

Las entidades sindicales podrán negociar convenios colectivos con la autoridad competente, una vez obtenida la personería gremial.

A estos efectos, la iniciativa regula todo lo atinente a la negociación colectiva, estableciendo la creación de la comisión paritaria así como su conformación y sus funciones.

Los representantes gremiales gozarán del derecho a la tutela sindical conforme a la legislación vigente.

En cuanto a los efectivos, tendrán derecho a “afiliarse a la asociación sindical única respectiva, no afiliarse o desafiliarse; reunirse y desarrollar actividades sindicales, fuera del horario de trabajo, sin uniformes ni equipamiento laboral y siempre que no afecte la prestación del servicio policial o penitenciario; peticionar ante las autoridades y los empleadores y participar de la vida interna del sindicato, elegir libre y democráticamente a sus representantes, ser elegidos y postular candidatos”.

 

DEFENSORÍA DE LA POLICÍA

Otro aspecto significativo de la propuesta legislativa reside en la creación de la Defensoría de la Policía, que tiene como misión la de garantizar el debido proceso legal en toda la etapa del procedimiento disciplinario al cual fuera sometido cualquier miembro de la policía o del servicio penitenciario, así como resguardar sus derechos ante cualquier otro acto, hecho u omisión de la administración.

La normativa prevé la designación y remoción de quien ocupe el cargo, la organización y composición interna, así como sus funciones e incompatibilidades.

 

VIOLENCIA LABORAL Y DE GÉNERO

La normativa obliga al Poder Ejecutivo a “desarrollar acciones y adoptar medidas administrativas para la prevención, control, sanción y erradicación de cualquier forma de violencia laboral en el ámbito de la Policía de la provincia de Santa Fe y del Servicio Penitenciario”, disponiendo la aplicación obligatoria de la Ley Nacional 26.485 (Protección Integral a las Mujeres) y considerando falta grave en el ejercicio de las funciones y causal de mal desempeño de las mismas, la comisión de alguno de los actos de violencia laboral y de género establecidos por el proyecto.

Las penas se graduarán desde la suspensión hasta la exoneración, de acuerdo con la gravedad de las faltas.

 

SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

En este aspecto, la propuesta crea el Comité de Salud y Seguridad en el trabajo, tanto para el ámbito de la policía provincial como para el servicio penitenciario.

Dichos comités tendrán como objetivos promover, mantener y desarrollar acciones de prevención de la salud y seguridad en el ámbito laboral, de disminución de riesgos asociados a la labor y mejora continua del ambiente y condiciones de trabajo.

Estos comités pueden realizar un seguimiento de las condiciones de trabajo en cada ámbito, promover acciones de sensibilización, capacitación y formación para prevenir conductas discriminatorias, aprobar el procedimiento interno para el trámite de sumarios por causa de violencia laboral y solicitar la intervención directa del Ministerio de Trabajo o sus reparticiones dependientes, en los casos en que se encuentre en riesgo la salud o la seguridad en el  trabajo, así como cuando se detecten incumplimientos de las normas legales o reglamentarias que sean de aplicación.

 

Por último, el proyecto introduce modificaciones a la ley 12.521 (Ley del personal policial de la provincia del Santa Fe), en lo dispuesto por el artículo 80 con relación al personal gestante, no gestante y del personal adoptante, estableciendo un nuevo régimen en cuanto a la prestación de servicios en cada uno de los casos. 

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