Solicitan que se brinde asesoramiento sobre los alcances de la nueva ley de Alquileres

Se requiere además que el servicio esté disponible tanto para inquilinos como propietarios y que sea completamente gratuito.

02.11.2023 | 16:46
Locales / Por Roberto Olivera / Fuente: Prensa Rey Leyes

La Nueva Ley de alquileres Nº 27.737 sancionada por el Congreso Nacional, y el decreto reglamentario Nº 533/2023 del Poder Ejecutivo Nacional, comenzó a regir a partir del pasado 18 de octubre. La norma contempla nuevas condiciones para los inquilinos y propietarios en lo que refiere a plazos, períodos, cálculo de actualización y exenciones impositivas.

            “El objeto del proyecto es que, conforme la materia y la temática, se brinde asesoramiento legal por parte la Oficina Municipal de Atención al Consumidor y Usuario, brindando atención especial para poder dar a conocer los nuevos alcances y principales implicancias de la reciente “Ley de Alquileres” para ambas partes involucradas, conocer sus derechos y obligaciones, como así también acercando a las mismas, llegado el caso, al Colegio de Corredores Inmobiliarios y/o Defensoría del Pueblo de Santa Fe, con lo que pueden ser capacitaciones y/o asesoramiento, ante el impacto que pueda tener la aplicación de las recientes modificaciones”, especificó el concejal autor de la iniciativa.

            Rey Leyes, quien además es docente de la materia “contratos” en la carrera de abogacía, se refirió a las modificaciones más importantes que implica la normativa: “Los alcances más fuertes que tenemos son que, si bien se sostienen los tres años del contrato de alquiler como mínimo, las actualizaciones ya no son anuales”. En ese sentido, el concejal explicó que para los contratos firmados a partir del 18 de octubre, la adecuación será “de carácter semestral y con un nuevo índice que ya no es más el de Contratos de Locación, conocido como ICL”.

            Según explicó Rey Leyes, “todas las operaciones con contrato vigentes seguirán rigiéndose por el ICL que figura en la página del Banco Central, mientras que los nuevos tendrán un incremento cada seis meses según el índice Casa Propia, que combina los salarios de personal en relación de dependencia con el índice de inflación. Siempre se va a tomar el menor para determinar el incremento en los montos de los alquileres”.

            Otro de los ítems que especifica la nueva ley es que no se pueden publicar los contratos u ofertas en otra moneda que no sea el peso argentino. Es decir que no pueden ser ofrecidos en dólares, siempre en lo que tiene que ver con viviendas, casas o habitaciones.

            Para el caso de los propietarios, otra de las reformas importantes que trae la normativa es que quienes posean hasta dos viviendas en alquiler “se verán beneficiados con la exclusión del monotributo, es decir, no tienen necesidad de inscribirse”. Sí, se mantiene la inscripción de los contratos de alquiler en el registro de Afip, a los fines de contar con información, tener un relevamiento y cumplir con lo que la norma establece”, concluyó el concejal Rey Leyes.

           

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