El gobernador firmó el decreto que impone el límite de 500 personas para eventos en lugares abiertos o cerrados
Nuevas medidas a partir del crecimiento exponencial de contagios
30.12.2021 | 19:34
Provinciales
/ Por Roberto Olivera
/ Fuente: La Noticia On Line WEB
Este 30 de diciembre se dio a conocer el decreto provincial N° 3374 por el cual se disponen suspensiones y límites en los horarios de desarrollo de diversas actividades.
Esta decisión encuentra su origen en la escala exponencial de contagios que se han venido registrando en las últimas horas.
La normativa, rubricada por el gobernador, ratifica la obligatoriedad del pase sanitario y del uso de tapabocas.
En cuanto a las nuevas medidas, se destaca la suspensión hasta el 28 de febrero próximo de todos los eventos de más de 500 concurrentes, sea que se realicen en espacios abiertos, cerrados y sean públicos o privados.
Esta medida está dirigida a discotecas, locales bailables, salones de fiestas, bailes, recitales, festivales o similares.
De todas formas, se deja abierta la posibilidad de que las autoridades municipales o comunales autoricen en sus jurisdicciones la realización de actividades de hasta 1000 personas en la medida en que el lugar cuente con las ventajas y comodidades que permita tal supuesto, previa consulta al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe.
Otro aspecto importante son los horarios que vuelven a funcionar como tope para varias actividades. Por ejemplo, el comercio mayorista y minorista podrá funcionar hasta las 21 horas y luego de ese horario, sólo podrán ejercer el comercio electrónico o realizar ventas telefónicas mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro del local comercial, que deberán respetar sí (la entrega) el horario de 6 a 21 horas. Esta medida no alcanza a los kioscos y negocios de cercanía que podrán permanecer abiertos hasta las 0 horas. Tampoco alcanza a los turnos de farmacias.
Los locales gastronómicos podrán abrir los días jueves, viernes, sábados y vísperas de feriado, hasta las 5 de la mañana. Una hora antes deberán cerrar el resto de los días.
De 7 a 24 horas se podrán desarrollar actividades deportivas individuales o grupales y de 8 a 22 horas, las actividades religiosas.
Los peloteros y emprendimientos afines podrán funcionar entre las 8 y las 24 horas.
Los cines podrán abrir a partir de las 10 horas y tendrán como horario tope de funcionamiento la 1 de la mañana.
Guardería de lanchas y pesca deportiva, de 7 a 21 horas.
La práctica de competencias deportivas será entre las 8 y las 23 horas y las actividades vinculadas a la competencia hípica será entre las 7 y las 20 horas.
Respecto de casinos y Bingos será entre las 10 horas y 5 de la mañana el rango horario de funcionamiento.
Los salones de fiesta podrán funcionar de jueves a sábados y vísperas de feriado, hasta las 5 de la mañana y el resto de los días hasta las 4, con el tope de 500 personas.